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AI Act: qué obliga tu empresa ya hoy

La formación en IA del artículo 4 está en vigor desde febrero de 2025. Lo que cambia el 2 de agosto de 2026 no es la obligación: es que empieza a comprobarse. Test de afectación, evidencia exigible, sanciones y calendario.

 

AI Act: obligaciones para empresas y formación obligatoria en IA · Holdmin

01 Resumen ejecutivo

El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial es de aplicación directa en España, igual que lo fue el RGPD: no necesita ley nacional para ser exigible. Su obligación más transversal, la alfabetización en IA del artículo 4, afecta a cualquier empresa que use IA en su actividad, sin umbral mínimo de tamaño.

Está en vigor desde el 2 de febrero de 2025. Lo que cambia el 2 de agosto de 2026 es que la AESIA adquiere plena capacidad de inspección y sanción: no es la fecha en que nace la obligación, es la fecha en que empieza a comprobarse.

Obligación vigente desde
02/02/25
Art. 4 · Alfabetización en IA
Inspección AESIA
02/08/26
Plena capacidad sancionadora
Sanción leve (máx.)
500.000 €
o 0,5% del negocio mundial
Sanción muy grave (máx.)
35 M€
o 7% del negocio mundial
La cifra que circula en redesLos "500.000 € de multa" corresponden al techo de las infracciones leves del Proyecto de Ley Orgánica española (hasta 500.000 € o el 0,5% del negocio mundial). Las graves alcanzan 7,5 M€ y las muy graves 15 o 35 M€. El Proyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 y está en tramitación parlamentaria; el Reglamento europeo, en cambio, ya es exigible hoy.
No hay prórroga para la formaciónEl Digital Omnibus europeo (adoptado por el Parlamento y el Consejo en junio de 2026, pendiente de publicación en el DOUE) aplaza las obligaciones de alto riesgo a diciembre de 2027, pero excluye expresamente el artículo 4 de ese aplazamiento. Tampoco aplaza la transparencia del artículo 50 (avisos de chatbot y etiquetado de contenido), exigible desde el 2 de agosto de 2026.

02 ¿Está tu empresa dentro? Test rápido de afectación

La norma no afecta a quien desarrolla IA. Afecta a quien la usa.

El concepto clave es "responsable del despliegue": si tu empresa utiliza sistemas de IA bajo su propia autoridad, está dentro. Responde a estas cinco preguntas y presta atención a la tercera columna: cada "sí" no solo te mete en la norma, sino que arrastra un problema concreto que suele pasar desapercibido.

Tabla 1 · Cinco preguntas y el problema real detrás de cada "sí"
#PreguntaEl problema real detrás de un "sí"
01¿Alguien de tu equipo usa ChatGPT, Copilot, Gemini o similar para trabajar, aunque sea con cuenta personal?Shadow AI y acceso. Si se usa para trabajar, la empresa responde aunque no lo haya autorizado ni lo sepa. Y funciona también al revés: si la empresa facilita el acceso (licencias, cuentas corporativas, Copilot activado en Microsoft 365), la obligación de formar nace al dar el acceso, no al usarlo.
02¿Tenéis un chatbot o asistente automatizado en la web, WhatsApp o redes sociales?Responsabilidad de desplegador. Aunque el bot sea de un proveedor externo, el aviso de "estás hablando con una IA", la supervisión de conversaciones y la verificación del marcado técnico son responsabilidad de quien lo despliega. "Eso lo lleva mi proveedor" no traslada la sanción.
03¿Usáis software con IA integrada: CRM con scoring, herramientas de diseño, editores con IA, filtros de currículums?IA invisible. Muchas empresas responden "no usamos IA" mientras su CRM puntúa leads o su software de selección filtra candidatos. Ser desplegador no exige saberlo: exige usarlo. Y si esa IA toca selección o evaluación de personal, entra en alto riesgo.
04¿Publicáis contenido generado o retocado con IA (textos, imágenes, vídeo, audio)?Etiquetado y prueba de revisión. La obligación de declarar recae en quien publica, no en quien genera. Sin un flujo de revisión editorial humana documentado no hay exención posible, y cada pieza publicada sin etiqueta ni revisión acreditada es una infracción potencial.
05¿Trabajáis con freelancers, agencias o proveedores que usan IA en vuestro nombre?Control de externos. El Art. 4 alcanza a "las demás personas que operan sistemas de IA en su nombre": la empresa responde por personas a las que no supervisa a diario. Sin cláusulas contractuales y evidencias aportadas por los externos queda un agujero imposible de cerrar a posteriori.
Lectura del testCon una sola respuesta afirmativa, tu empresa es responsable del despliegue de sistemas de IA y el artículo 4 le aplica desde febrero de 2025. No hay umbral de tamaño: afecta igual a un autónomo, a una microempresa y a una multinacional. El supuesto mínimo de "3 trabajadores" que circula en redes no existe en la norma.

03 La norma en 10 puntos: qué debe tener en cuenta tu empresa

Más allá de la formación, el AI Act y su adaptación española imponen un conjunto de deberes a toda organización que use, despliegue o integre sistemas de IA, aunque sean herramientas de terceros:

  • Inventario de sistemas de IA. Registrar todas las herramientas con IA que usa la empresa (propias y de terceros), clasificadas por departamento y nivel de riesgo. En auditorías de pymes se detectan de media entre 5 y 15 sistemas, muchos instalados por empleados sin conocimiento de dirección.
  • Prácticas prohibidas (Art. 5). Vetadas desde febrero de 2025: manipulación subliminal, explotación de vulnerabilidades, puntuación social, categorización biométrica por raza u orientación, deepfakes sexuales no consentidos. Son infracciones muy graves (hasta 35 M€ o 7%).
  • Alfabetización en IA (Art. 4). Formación proporcional y documentada para todo el personal que use IA, incluidos freelancers y colaboradores externos que operen en nombre de la empresa.
  • Política interna de uso de IA por rol. Documento que fije qué herramientas puede usar cada perfil, para qué tareas y con qué restricciones, en especial qué datos no pueden introducirse en herramientas públicas.
  • Transparencia y etiquetado. Los chatbots deben avisar de que son IA, los deepfakes deben etiquetarse y el contenido sintético debe ir marcado en formato legible por máquina. Exigible desde el 2 de agosto de 2026; solo el marcado técnico de sistemas ya en el mercado tiene prórroga hasta el 2 de diciembre de 2026.
  • Supervisión humana efectiva. Las decisiones relevantes apoyadas en IA deben tener revisión humana documentada; deja de ser buena práctica y pasa a ser presupuesto de legitimidad.
  • Atención especial a la IA de RRHH y scoring. Cribado de CVs, evaluación del desempeño o scoring crediticio son sistemas de alto riesgo (Anexo III), con gestión de riesgos, logs inalterables y supervisión humana. Aplicación prevista: diciembre de 2027.
  • Coordinación con RGPD. Si la IA trata datos personales, las multas del AI Act se acumulan con las del RGPD: AESIA y AEPD pueden sancionar de forma independiente por el mismo hecho.
  • Canal de reclamaciones abierto. El Proyecto de Ley Orgánica regula un procedimiento de reclamaciones ante las autoridades de vigilancia, abierto a cualquier persona (empleados, competidores, clientes) y con protección del informante.
  • Proporcionalidad para pymes. Las sanciones se gradúan por tamaño: se aplica la menor entre la cuantía fija y el porcentaje de facturación, y se priorizan medidas correctoras antes que la sanción plena en infracciones leves.

04 Estado de cumplimiento de las empresas en España

El nivel de preparación real del tejido empresarial es muy bajo en todos los frentes de la norma. Este mapa cruza tres dimensiones por obligación: el cumplimiento actual (eje horizontal), la sanción máxima en juego (eje vertical, escala logarítmica) y el alcance, es decir, qué proporción de empresas que usan IA está afectada (tamaño de la burbuja). Cuanto más arriba, más a la izquierda y más grande, más urgente.

Mapa de riesgo: cumplimiento vs. sanción vs. alcance
España · Julio 2026
Estimación sobre estudios sectoriales
Exigible ya (desde feb. 2025)
Exigible el 2 de agosto de 2026
Aplazado a dic. 2027 (Omnibus)
Fuentes y criterioEl 78% de las empresas declara no estar preparada para el Art. 4 (estudio citado por Vidext, 2026); el 63% carece de política de gobernanza de IA (IBM, Cost of a Data Breach 2025); más del 80% de los trabajadores usa herramientas de IA no aprobadas (UpGuard, nov. 2025); el 33% tiene obligaciones activas bajo el Art. 50 (Compliance Checker de la Comisión Europea). Los valores de inventario, transparencia y alto riesgo son una estimación conservadora de Holdmin / IA Consulting sobre esos mismos estudios y datos de adopción de IA en la UE (Eurostat), a falta de medición oficial específica.
Lectura claveNinguna obligación supera el 40% de cumplimiento. Las burbujas más grandes (obligaciones ya exigibles que afectan a casi todas las empresas) se acumulan en la mitad izquierda, y las de mayor sanción llegan con los plazos de 2026 y 2027 siendo las de menor cumplimiento. La brecha no está en la adopción de IA, sino en la gobernanza documentada: la mayoría usa IA sin poder acreditar qué sistemas usa, quién los usa ni con qué formación.

05 La obligación de formación (Art. 4): qué exige exactamente

El artículo 4 obliga a proveedores y responsables del despliegue a garantizar un "nivel suficiente de alfabetización en IA" de su personal y de cualquier persona que opere esos sistemas en su nombre, atendiendo a sus conocimientos, experiencia, formación previa y contexto de uso.

  • Sin umbral de tamaño. Afecta igual a un autónomo, a una microempresa y a una multinacional, siempre que usen IA en su actividad profesional.
  • Alcance amplio. Incluye plantilla fija, freelancers, contractors y proveedores que usen IA por cuenta de la organización. Usar un ChatGPT de pago bajo autoridad de la empresa ya la convierte en "responsable del despliegue".
  • Proporcionalidad, no uniformidad. La Comisión Europea fija cinco criterios de suficiencia: contexto técnico de uso, propósito (interno, cara a cliente, decisiones sobre derechos), formación previa, posición del trabajador y colectivos afectados. No exige certificación oficial ni un número mínimo de horas.
  • Enfoque continuo. Una formación genérica impartida una sola vez no basta: se espera un enfoque contextualizado, medible y con actualización periódica.
Sobre el Digital OmnibusLa propuesta inicial de la Comisión (nov. 2025) planteaba trasladar esta obligación a los Estados, pero el acuerdo final de 2026 la mantiene como deber directo de las empresas, reformulada como "adoptar medidas para apoyar el desarrollo de la alfabetización" del personal. Mientras el texto no se publique en el DOUE, el artículo 4 actual aplica íntegramente; y aun después, el deber de formar, orientar y documentar permanece.
Lo que no cumple el requisito
Que los empleados "ya sepan usar ChatGPT" por su cuenta.
Un curso online que hizo un empleado a título individual, sin registro corporativo.
Colgar un PDF de políticas de uso en la intranet sin formación ni evaluación.
Un curso genérico de "introducción a la IA" sin asistencia registrada, sin evaluación y sin adaptación al puesto.

06 Contenidos mínimos, niveles por rol y proporcionalidad

La Comisión Europea y la AESIA han señalado los bloques de contenido de referencia. La profundidad de cada bloque depende del uso real de IA en la empresa y del rol de cada persona: formar a toda la plantilla por igual es a la vez ineficiente e insuficiente.

Tabla 2 · Bloques de contenido y destinatarios
#Bloque de contenidoDirigido a
01Fundamentos de IA: qué es, qué puede y qué no puede hacer, sin tecnicismosToda la plantilla
02Riesgos y limitaciones: sesgos, alucinaciones, cuándo no fiarse de una respuestaToda la plantilla
03Datos y confidencialidad: qué información entra en cada herramienta; RGPD y datos de clientesToda la plantilla
04Uso responsable y supervisión humana: transparencia, revisión de resultados, trazabilidadRoles con IA cara a cliente o en decisiones
05Marco normativo por niveles de riesgo: clasificación del AI Act y obligaciones del puestoDirección, RRHH, legal, compliance
06Herramientas concretas del puesto: formación aplicada sobre los sistemas reales, no teoríaCada departamento con sus herramientas
Tabla 3 · Intensidad orientativa por perfil (no hay mínimo legal)
PerfilHoras orientativasFocoNivel exigible
Plantilla general (uso básico)3 - 5 hBloques 1, 2 y 3Base
Cara a cliente / marketing / contenido6 - 10 hBloques 1 a 4 + etiquetadoMedio
RRHH, legal y compliance12 - 20 hBloques 2, 3, 5 y 6 + alto riesgoReforzado
IT / responsables de sistemas16 - 25 hTodos los bloques + gobernanza técnicaReforzado
Dirección8 - 12 hBloques 5 y 6 + responsabilidad y riesgoDecisor
Cómo se traduce la proporcionalidad: tres casos tipo
Caso 01 · Riesgo bajo-medio
Agencia de 8 personas con IA generativa

Usan ChatGPT y herramientas de diseño con IA para producir contenido.

  • Formación base de 4-5 h para todos
  • Módulo de etiquetado para el equipo creativo
  • Política de datos de cliente
  • Registro de formación con test
  • Esfuerzo total: 1-2 jornadas
Formación baseEtiquetadoPolítica de datos
Caso 02 · Alto riesgo
Empresa de 50 empleados con IA en RRHH

Su software de selección criba currículums: sistema de alto riesgo del Anexo III.

  • 12-20 h reforzadas para RRHH y dirección
  • Supervisión humana documentada por decisión
  • Registro del sistema de alto riesgo
  • Formación base para el resto de plantilla
  • Nivel de evidencia sustancialmente mayor
Anexo IIISupervisión humanaFormación reforzada
Caso 03 · Riesgo medio
Ecommerce con atención automatizada

Chatbot en web y WhatsApp respondiendo a clientes.

  • Aviso obligatorio de IA (desde 02/08/2026)
  • 6-10 h para el equipo de soporte
  • Límites del bot y escalado a humano
  • Protocolo de supervisión de conversaciones
Aviso de chatbotEscalado a humanoProtocolo de datos

07 Evidencia documental: qué puede pedir la AESIA

Tener la formación hecha no basta si no puede demostrarse.

Ante un requerimiento, la defensa de la empresa es documental. Estos son los seis elementos que deben existir y mantenerse actualizados:

  • Registro de formación. Quién ha recibido qué formación, cuándo, con qué temario y con qué resultado. Es el documento que la AESIA puede requerir de forma directa.
  • Control de asistencia y evaluación. Listado de asistentes por sesión y prueba de aprovechamiento por persona, que acredite que hubo aprendizaje y no solo convocatoria.
  • Criterio de proporcionalidad documentado. Un breve documento que explique por qué cada rol recibe ese nivel de formación, vinculado al inventario de sistemas y al riesgo de cada uso.
  • Certificado del proveedor formativo. No existe certificación oficial obligatoria, pero el certificado de aprovechamiento junto al temario y las evaluaciones constituye la evidencia estándar aceptada.
  • Plan de actualización continua. Calendario de refuerzos y reciclaje: nuevas herramientas, cambios normativos, nuevas incorporaciones y colaboradores externos.
  • Acreditación de externos. Cláusula contractual que obligue a freelancers, agencias y proveedores a acreditar su alfabetización y aceptar la política de uso. Es el único modo de cerrar el frente de quienes la empresa no supervisa a diario.
Cómo se desarrolla un requerimiento

El expediente no suele empezar con un inspector en la puerta. Las vías de entrada habituales son una reclamación (abierta a empleados, clientes o competidores, con protección del informante), una reclamación laboral, una auditoría exigida por un cliente grande o una investigación abierta por otro incumplimiento.

Orden de entrega recomendado
  • 1 · Inventario de sistemas de IA.
  • 2 · Política de uso por rol.
  • 3 · Registros de formación con asistencia y evaluaciones.
  • 4 · Criterio de proporcionalidad.
  • 5 · Plan de actualización.
  • 6 · Acreditaciones de externos.
Lo que agrava el expediente
  • No responder. En infracciones leves el marco prioriza la corrección: documentación parcial con plan creíble es una posición muy distinta del silencio.
  • Elaborar la documentación al recibir el requerimiento. El plazo administrativo es breve: es momento de entregar, no de producir.
  • Riesgo de arrastre: si el expediente nació por otro motivo, la falta de formación documentada agrava el conjunto y puede activar en paralelo a la AEPD.
El riesgo realEl mayor riesgo práctico no es la multa directa por el Art. 4, sino que una inspección iniciada por otro motivo detecte la ausencia de formación documentada. La falta de evidencia convierte cualquier otro incumplimiento en indefendible.

08 Avisos web, etiquetado y trazabilidad (Art. 50)

Las obligaciones de transparencia son, para la mayoría de empresas, la parte más visible del Reglamento: se comprueban literalmente en pantalla, en el mensaje inicial del chatbot y en el contenido publicado. Son exigibles desde el 2 de agosto de 2026 y su incumplimiento se sanciona con hasta 15 M€ o el 3% del negocio mundial.

  • Aviso de chatbot (Art. 50.1). El usuario debe saber que habla con una IA de forma clara, perceptible y como tarde en la primera interacción. No vale enterrarlo en los términos y condiciones; sí vale un mensaje explícito en el primer turno, un banner visible antes de escribir o un aviso de voz al inicio de la llamada. Un asistente con nombre propio y tono humano no puede ampararse en que "es obvio que es un bot".
  • Marcado técnico de contenido sintético (Art. 50.2). Texto, imagen, audio y vídeo generados deben ir marcados en formato legible por máquina (metadatos de procedencia tipo C2PA, marcas de agua). La obligación técnica es del proveedor, pero el desplegador debe verificar que cumple. Los sistemas ya en el mercado tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 para esta parte concreta.
  • Etiquetado de deepfakes (Art. 50.4). El contenido que parezca real y haya sido generado o manipulado debe declararse con claridad. La obligación recae en quien lo despliega o publica: la empresa o su agencia.
  • Texto de interés público (Art. 50.4). Debe declararse que fue generado artificialmente, salvo que haya pasado una revisión humana con responsabilidad editorial real. Documentar ese flujo de revisión es lo que exime de la etiqueta.
Quién responde de quéEl diseño del aviso y el marcado legible por máquina corresponden al proveedor; que el aviso se muestre efectivamente en tu web o canal, y el etiquetado de deepfakes y texto de interés público, recaen en el desplegador. Y un matiz que sorprende a muchas empresas: si integras un modelo de terceros en tu producto y lo pones en el mercado bajo tu marca, pasas a ser proveedor a todos los efectos.
Trazabilidad: el expediente que sostiene todo lo anterior

Cumplir no es solo poner el aviso: es poder demostrar que se decidió, se aplicó y se revisa. El expediente recomendado incluye:

Mapa de puntos de contacto con IA. Dónde interactúa el usuario con IA (web, WhatsApp, teléfono, email automatizado) y qué contenido se genera o retoca con IA, vinculado al inventario.
Decisión documentada sobre avisos y etiquetas. Qué aviso se muestra, dónde y desde qué fecha, con captura de la interfaz. Si se decide no avisar por "evidente", esa decisión debe estar razonada por escrito.
Registro de contenido generado. Qué piezas se produjeron con IA, cuáles pasaron revisión editorial humana y quién firmó esa revisión.
Responsables identificados. Proveedor de cada sistema, verificación de su marcado técnico y persona interna encargada de la transparencia.
Revisión periódica y logs. Prueba de revisión trimestral y registro de conversaciones del chatbot con su protocolo de escalado a humano.
Un solo sistema documentalLa trazabilidad del Art. 50 y la evidencia formativa del Art. 4 forman un único dossier: el inventario de sistemas alimenta a ambos, y los registros de formación, avisos, contenido y supervisión son lo que se entrega ante un requerimiento. Se construye una vez y se mantiene siempre.

09 Régimen sancionador y responsabilidad de la dirección

El Proyecto de Ley Orgánica española (aprobado en Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 y publicado en el Congreso el 12 de junio) concreta los tramos que el Reglamento deja abiertos. Aunque la ley nacional aún se tramita, la AESIA ya dispone de competencias de supervisión y el marco sancionador europeo es plenamente operativo desde el 2 de agosto de 2026.

Techos sancionadores por nivel de infracción
Millones de € · escala logarítmica
Tabla 4 · Tramos, ejemplos y cuantías
NivelEjemplosMulta% negocio mundial
LeveNo cooperar con la autoridad, deficiencias de documentación y marcadohasta 500.000 €hasta 0,5%
GraveIncumplir requisitos de alto riesgo: supervisión humana, gestión de calidad, logshasta 7,5 M€hasta 1%
Muy grave (otras)Incumplir avisos y etiquetado del Art. 50, no comunicar incidentes graveshasta 15 M€hasta 3%
Muy grave (prohibidas)Usar o comercializar sistemas de IA expresamente prohibidoshasta 35 M€hasta 7%
  • Pymes y startups: se aplica la menor de las dos cuantías (fija o porcentaje), con medidas correctoras previas en infracciones leves y reducciones por pronto pago.
  • Prescripción: las infracciones leves prescriben al año, las graves a los tres años y las muy graves a los cinco años.
  • Medidas accesorias: además de la multa, la autoridad puede ordenar la retirada, desconexión o prohibición del sistema, imponer multas coercitivas y publicar la sanción.
  • Doble exposición: un mismo sistema puede infringir a la vez el AI Act y el RGPD; AESIA y AEPD sancionan de forma independiente.
Responsabilidad de la direcciónLa carga de acreditar recae en la empresa, a través de sus órganos de dirección: no basta con delegar en que "cada empleado se forme". El Proyecto de Ley introduce además la figura del delegado de IA en el sector público, un modelo que previsiblemente se extenderá como buena práctica al privado, igual que ocurrió con el delegado de protección de datos tras el RGPD.

10 Qué es exigible hoy: Reglamento europeo vs. ley española

Buena parte de la confusión que circula (fechas erróneas, umbrales inexistentes, multas fuera de contexto) nace de mezclar dos normas distintas. Esta tabla separa lo que ya obliga de lo que está por venir:

Tabla 5 · Dos normas, dos funciones
Reglamento europeo (AI Act)Ley española de gobernanza de la IA
EstadoVigente Aplicación directa, sin transposiciónProyecto de Ley En tramitación desde junio de 2026
Qué regulaLas obligaciones de fondo: alfabetización (Art. 4), prácticas prohibidas (Art. 5), transparencia, alto riesgoLa maquinaria: autoridades competentes, tramos de multas, ventanilla de denuncias, delegado de IA público, sandbox
Exigible hoySí. Arts. 4 y 5 desde febrero de 2025; inspección plena de la AESIA desde el 2 de agosto de 2026No como ley, pero la AESIA ya opera y el régimen sancionador europeo (Art. 99) ya es aplicable
SancionesMarco general: hasta 35 M€ o 7% del negocio mundialTramos detallados: leves hasta 500.000 €, graves hasta 7,5 M€, muy graves hasta 15 o 35 M€
ImplicaciónLa obligación de formar ya existe y ya es comprobable: no depende de la ley españolaCuando se apruebe, dará precisión y agilidad al procedimiento; no crea la obligación, la instrumenta
Conclusión de la tablaEsperar a que la ley española esté en el BOE es el error más caro. Las obligaciones ya son exigibles vía Reglamento europeo; la ley nacional solo añade la maquinaria para aplicarlas con más precisión.

11 Calendario de aplicación

Tabla 6 · Hitos de aplicación del AI Act
FechaHitoEstado
01/08/2024Entrada en vigor del AI Act en toda la UEVigente
02/02/2025Prácticas prohibidas (Art. 5) y alfabetización en IA (Art. 4)Vigente · Exigible
02/08/2025Modelos de propósito general y gobernanza; sancionables las prácticas prohibidasVigente
26/05/2026Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley española de gobernanza de la IAEn tramitación
02/08/2026Aplicación general: transparencia del Art. 50 (avisos de chatbot, deepfakes, texto de interés público) y plena capacidad de inspección y sanción de la AESIAInminente
02/12/2026Fin del régimen transitorio del marcado legible por máquina (Art. 50.2) para sistemas ya en el mercado; nueva prohibición de generadores de imágenes íntimas no consentidas y CSAMPróximo
02/12/2027Obligaciones de sistemas de alto riesgo del Anexo III (aplazamiento del Digital Omnibus)Adoptado · pdte. DOUE
02/08/2028Alto riesgo embebido en productos regulados del Anexo I (sanitarios, maquinaria, juguetes)Adoptado · pdte. DOUE

12 Conclusiones

Conclusión 01 · Urgencia
La obligación ya está en vigor

Quien no ha formado a su plantilla lleva desde febrero de 2025 acumulando incumplimiento. El 2 de agosto de 2026 no abre la obligación: abre la inspección, con las reclamaciones de terceros como vía de entrada.

Conclusión 02 · Evidencia
Sin papel no hay cumplimiento

La formación solo cuenta si es proporcional por roles y está documentada: registro, asistencia, evaluación, criterio, plan de actualización y acreditación de externos. Un curso genérico sin evidencias no supera un requerimiento.

Conclusión 03 · Alcance
Afecta a casi todas las empresas

Sin umbral de tamaño y con alcance a freelancers y colaboradores, cualquier organización que use ChatGPT, Copilot o IA integrada en su software está dentro. La brecha de cumplimiento en España es la oportunidad.

La idea que lo resume todo

El 2 de agosto de 2026 no crea la obligación: crea la comprobación. Lo que se juzga entonces no es lo que sabe tu equipo, sino lo que tu empresa puede demostrar.

13 Próximos pasos

El cumplimiento del Art. 4 no exige un proyecto de transformación: exige un plan estructurado, ejecutado en orden y documentado. Este es el itinerario que proponemos:

Fase 1 · Semanas 1-2
Diagnóstico

Inventario de sistemas de IA (incluida la shadow AI), matriz de roles y clasificación de riesgo. Es la base documental de todo lo demás.

Fase 2 · Semanas 3-6
Formación proporcional

Programa por niveles adaptado a las herramientas reales de cada equipo, con evaluación de aprovechamiento y certificado por persona.

Fase 3 · Semana 7
Dossier de evidencias

Registro de formación, criterio de proporcionalidad, política de uso por rol y kit de respuesta a un requerimiento de la AESIA.

Fase 4 · Continuidad
Actualización

Refuerzos periódicos, onboarding de nuevas incorporaciones y adecuación de avisos de chatbot y etiquetado (agosto y diciembre de 2026).

Quién hace qué
Holdmin / IA Consulting
Implantación y formación

Diagnóstico de sistemas de IA y shadow AI, matriz de roles, diseño e impartición del programa formativo por niveles, evaluación de aprovechamiento y actualización continua sobre las herramientas reales de cada equipo.

Holdmin / Law & Compliance
Cobertura jurídica y evidencias

Revisión normativa, política de uso por rol, cláusulas con freelancers y proveedores, criterio de proporcionalidad, dossier de evidencias y kit de respuesta ante un requerimiento de la AESIA.

El punto de entrada es único: el diagnóstico de afectación de la Fase 1, coordinado por ambos equipos, del que sale el plan de trabajo de las fases siguientes.

14 Anexo: mapa normativo de las afirmaciones

Esta tabla cruza cada afirmación clave con su fuente exacta y con la naturaleza jurídica de esa fuente. No todo lo que contiene el informe tiene el mismo rango: distinguirlo explícitamente es parte de la seguridad jurídica que ofrece.

Tabla 7 · Afirmación, fuente y rango normativo
AfirmaciónFuente exactaNaturaleza
Obligación de alfabetización, sin certificación oficial exigidaArt. 4 y Cdo. 20 del Reglamento (UE) 2024/1689; definición en Art. 3.56Norma vigente
Afecta a quien usa IA "bajo su propia autoridad"Art. 3.4 (definición de responsable del despliegue)Norma vigente
Alcance a freelancers y externos que operan IA en nombre de la empresaArt. 4 ("demás personas que se encargan del funcionamiento y la utilización… en su nombre")Norma vigente
Prácticas prohibidas vigentes desde el 02/02/2025Art. 5 y Art. 113.aNorma vigente
Supervisión humana y registros en alto riesgo; deberes del desplegadorArts. 14 y 26Norma vigente
La IA de selección y evaluación de personal es de alto riesgoAnexo III, punto 4 (empleo y gestión de trabajadores)Norma vigente
Aviso de chatbot, marcado técnico, deepfakes y texto de interés públicoArts. 50.1, 50.2 y 50.4; aplicación según Art. 113Norma vigente
Conversión en proveedor al comercializar bajo marca propiaArt. 25.1 (referido a sistemas de alto riesgo)Norma vigente
Techos europeos: 35 M€/7%, 15 M€/3%, 7,5 M€/1%Art. 99 (apartados 3, 4 y 5)Norma vigente
Existencia y competencias de la AESIAReal Decreto 729/2023, de 22 de agostoNorma vigente
Tramos españoles, ventanilla de reclamaciones y delegado de IAProyecto de Ley Orgánica de gobernanza de la IA (CM 26/05/2026, Congreso 12/06/2026)Proyecto en tramitación
Criterios de proporcionalidad; qué prácticas no bastanFAQ sobre AI literacy de la Comisión Europea (nov. 2025) y repositorio de la Oficina de IAGuía interpretativa
Aplazamiento del alto riesgo y régimen transitorio del marcadoDigital Omnibus (Parlamento 16/06/2026, Consejo 29/06/2026; pdte. DOUE)Adoptado · pdte. publicación
Etiqueta normalizada "IA" y criterios por formatoCódigo de buenas prácticas de marcado de la Comisión (en elaboración)En elaboración
Porcentajes de cumplimiento de la sección 04Vidext (2026), IBM (2025), UpGuard (nov. 2025), Compliance Checker de la Comisión, EurostatDato de mercado
Horas por perfil, orden de entrega y expediente de trazabilidadCriterio profesional de Holdmin / IA Consulting y Holdmin / Law & ComplianceRecomendación

Aviso. Este informe tiene carácter divulgativo y refleja la normativa vigente y en tramitación a fecha de julio de 2026. No constituye asesoramiento legal individualizado: la aplicación concreta de estas obligaciones depende del tamaño, el sector y el uso real de IA de cada organización, por lo que cualquier decisión de cumplimiento debe apoyarse en un diagnóstico específico. Holdmin / IA Consulting · Holdmin / Law & Compliance · Julio 2026.

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